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Aprueban reformas en materia de protección al ambiente

Aprueban reformas en materia de protección al ambiente

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de ordenamiento ecológico del territorio nacional y sobre los criterios del derecho internacional de los derechos humanos en la materia.

México.- En la sesión semipresencial, la Cámara de Diputados aprobó por consenso, en lo general y en lo particular, reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con el fin de actualizar el marco vigente conforme a los criterios del derecho internacional de los derechos humanos en la materia.

En lo general se aprobó por 455 votos; en lo particular por 453 votos se avaló el artículo 157 con la modificación planteada por el diputado Daniel Gutiérrez, aceptada por la asamblea.

El diputado Gutiérrez Gutiérrez propuso que en el citado artículo se establezca que “el Gobierno Federal deberá promover la participación corresponsable, abierta, inclusiva de la sociedad y con perspectiva de género, en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política ambiental y de recursos naturales”.

El dictamen, que se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales, puntualiza que las autoridades en el ámbito de sus competencias garantizarán la participación social de las comunidades indígenas y afromexicanas, de personas o grupos en situación de vulnerabilidad, así como de quienes pudieran resultar directamente o indirectamente afectados, para involucrarlos de manera activa, oportuna y efectiva en los mecanismos de participación social.

Señala que las autoridades garantizarán el acceso a la información ambiental, estableciendo procedimientos de atención y asistencia desde la formulación de solicitudes hasta la entrega de la información, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad, comunidades indígenas y afromexicanas.

Agrega que las autoridades no entregarán la información que se solicite cuando se encuentre clasificada como reservada o confidencial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Al fundamentar el dictamen, el diputado José Ricardo Delsol Estrada (Morena) afirmó que el derecho humano a un medio ambiente sano requiere de una nueva conceptualización a la luz de la democracia, que le permita vincular los instrumentos del derecho ambiental con las figuras de la participación ciudadana y acceso a la información para aspirar a la sustentabilidad y protección de los derechos de las personas.

Puntualizó que el acceso a la información y la participación ciudadana en la toma de decisiones son indispensables para consolidar la democracia participativa y otorgar gobernabilidad, ya que brindan legitimidad a las decisiones que toman las autoridades.

Aprueban reformas en materia de ordenamiento ecológico del territorio nacional

La Cámara de Diputados también aprobó, por consenso de 456 votos, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de ordenamiento ecológico del territorio nacional.

Una modificación es a la fracción IX del artículo 1 con el fin de que dentro del texto donde se señala que son objetivos de la ley el establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, se agregue a las instituciones académicas y de investigación en materia ambiental.

En el documento remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que se adiciona una fracción VII, al artículo 19 para establecer que las cuencas hidrográficas e hidrológicas y acuíferos existentes serán reguladas por los ordenamientos respectivos.

Se adicionan, tres párrafos al artículo 20 Bis 1 a fin de señalar que los programas de ordenamiento ecológico regional y ordenamiento ecológico local, contarán con Comités de ordenamiento ecológico territorial, como órganos de participación social, y espacios de concertación, colaboración, transparencia y rendición de cuentas.

Los Comités a que hace referencia el presente artículo, se ajustarán a lo que se determine en los convenios de coordinación y concertración respectivos. En los convenios referidos se determinará si las opiniones de los Comités podrán ser vinculantes a las políticas públicas, los planes, programas y presupuestos de las autoridades ejecutivas correspondientes en materia de ordenamiento ecológico territorial.

Se plantea modificar el artículo 20 Bis 8 para indicar que la Secretaría promoverá el proceso de consulta previa, libre e informada y la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, las comunidades equiparables y de los propietarios y poseedores de la tierra en los procesos de elaboración, observancia, revisión y modificación de los Ordenamientos Ecológicos Territoriales, Ordenamientos Ecológicos Regionales y Ordenamientos Ecológicos Locales.

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