México.- La aprobación de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica causará graves daños y conflictos internacionales a México, que violaría el Tratado Comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC) bajo el principio del Tratado de Cooperación Transpacífico (TTP) parity, afirmó el doctor José Juan González Márquez, profesor-investigador del Departamento de Derecho de la Unidad Azcapotzalco de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
“El TTP recoge el texto de la reforma constitucional energética de 2013 y el T-MEC establece que México está obligado a extender cualquier beneficio otorgado a otros países en acuerdos comerciales negociados con anterioridad a la firma de este último, por lo que, aun cuando Estados Unidos no ratificó el TTP, tiene el beneficio, igual que Canadá, de que sus inversionistas participen en el sector bajo los principios de trato nacional y cláusula de la nación más favorecida. Por lo tanto, la reforma energética está blindada en el acuerdo trinacional”.
Esto significa que si México impide de alguna forma la inversión privada extranjera en dicho rubro, los afectados se irían a arbitrajes internacionales en el marco del sistema multilateral de solución de controversias y “seguramente deberá pagar indemnizaciones muy costosas para sus finanzas”.
El gobierno federal puede manejar a los diputados –con mayoría del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en el Congreso de la Unión– pero en el ámbito externo los arbitrajes van a ir en contra, ya que viola los acuerdos medioambientales de alcance global, por lo que la comunidad de naciones no lo apoyaría.
A diferencia de la expropiación petrolera de 1938 –cuando Estados Unidos y Gran Bretaña no respaldaron a las empresas del ramo y sí al presidente Lázaro Cárdenas– “ahora no creo que dejen solos a sus inversionistas” y es factible que el Poder Judicial detenga estas intenciones, que además de contravenir convenios internacionales violan la Constitución, “por lo que se esperaría que en el plano multilateral de solución de controversias se eche abajo”, expuso en entrevista.
La iniciativa no es nueva, ya que sólo retoma los puntos contenidos en los acuerdos emitidos en 2020, tanto por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) como por la Secretaría de Energía referidos a la llamada política de confiabilidad al sistema eléctrico y que fueron suspendidos por el Poder Judicial, en virtud de diversos amparos promovidos por la sociedad civil y las empresas afectadas.
En este caso se intenta modificar la ley pensando que con ello la autoridad jurídica ya no podrá señalar la inconstitucionalidad de las medidas adoptadas en contra de la reforma de hace siete años.
Sin embargo, la propuesta toca varios puntos muy sensibles que no están regulados por la Constitución, ya que reserva al Estado dos actividades de la cadena de valor consideradas como estratégicas: el control del sistema y el manejo de las redes de distribución y transmisión, mientras que la iniciativa se refiere al resto de las actividades: la generación, el despacho, el acceso a las líneas de transmisión y los certificados de energía limpia, entre otras.
También plantea un cambio de las reglas del despacho, es decir, la norma vigente privilegia, como la mayoría de los ordenamientos en el mundo, que lo primero que debe entrar a la red son las energías más limpias, aunque en esta oportunidad antepone el ingreso del fluido producido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en sus distintas modalidades, incluida la proveniente de plantas hidroeléctricas y hasta el final las menos contaminantes, que corresponden a corporaciones privadas; esto va en contra de los principios de acceso libre y no discriminatorio que rigen a nivel global y, por lo tanto, distorsiona la libre competencia regulada por el Tratado de la Organización Mundial de Comercio (OMC), sus normas complementarias, el T-MEC, el TTP y los convenios comerciales con la Unión Europea.
Además pretende transformar las pautas para entregar certificados de energías limpias, lo que ocasionaría que estos instrumentos que tienden a garantizar que la matriz energética mexicana integre cada vez más a las renovables se vayan para abajo, con lo que el país incumpliría los compromisos asumidos en el Acuerdo de París para combatir el cambio climático.
Otro propósito es facultar a la Secretaría del ramo para derogar los permisos que se dieron a los generadores bajo la modalidad de autoabastecimiento, afectando con ello a pequeñas y medianas industrias que crean su propia electricidad, así que “en general, la reforma va en contra de las energías limpias, sacándolas de cualquier competencia legal en un mercado que favorezca a la CFE”.
El especialista de la Casa abierta al tiempo advirtió que, si bien el T-MEC señala que México tiene el derecho de modificar sus leyes y su Constitución en la materia, “no hay que leerlo de manera aislada, sino armónica con el TTP, que reproduce la reforma de 2013-2014 en el anexo 1 de México”.
Aunque el Tratado no tenga un capítulo al respecto –como el TTP o como el TLC– los compromisos de abrir el sector al capital privado en el primero, se entienden como parte del T-MEC bajo el principio TTP parity.
México es integrante del Sistema Multilateral de Comercio y en la OMC se sujetó a conceder el trato nacional, por lo que “las barreras que busca imponer el gobierno en la reforma eléctrica contra los inversionistas de energías limpias que vienen de Europa, Canadá y Asia distorsionan estos principios”.
Por la vía del T-MEC o de la OMC, eventualmente el país enfrentará al régimen global de solución de controversias, concluyó el doctor González Márquez.