México.- Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, el diputado Roberto Antonio Rubio Montejo, indicó que un aspecto de la gestión ambiental es relativo a los desechos cuyos problemas asociados se han incrementado en décadas recientes, debido al crecimiento de la población, el desarrollo industrial, los patrones de producción y consumo, pero sobre todo, por indiferencia y falta de conciencia ciudadana sobre el manejo integral, desde su generación hasta su disposición final.
Expresó que este ordenamiento distribuye competencias entre los tres órdenes de gobierno y establece un catálogo de atribuciones a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios. Se faculta al gobierno federal a expedir la Norma Oficial Mexicana relativa a los requisitos para el aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos en procesos de generación de energía.
Asimismo, adiciona la fracción XXI al artículo 9 de la ley relativo a las facultades de las entidades federativas, para incorporar expresamente el aprovechamiento de esos residuos sólidos urbanos en procesos de generación de energía y en coordinación con los municipios.
Rubio Montejo destacó que, de acuerdo con datos de la Semarnat, cada persona genera en México un kilo de basura al día; mientras que el Inegi calcula que el costo de la degradación ambiental por residuos sólidos sólo en el 2017 fue de 70 mil 970 millones de pesos. “Estos datos pueden reducirse si valorizamos los residuos”.
A su vez, la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz sostuvo que se trata de una vía importante para dar atención eficaz a la problemática de los residuos sólidos urbanos.
Los desechos y su mala disposición constituyen una problemática que, en México, cobra especial relevancia, pues “79 por ciento de ellos son enviados a rellenos sanitarios para su disposición final, desaprovechando los que son susceptibles a incorporarse al sistema productivo, con la consecuente disminución de la demanda y explotación de nuevos recursos”.
Manifestó que desde el Poder Legislativo se han impulsado leyes que protegen el derecho a un medio ambiente sano, pero “la legislación ha desviado su atención del objetivo primordial, pues en la actualidad es insuficiente el enfoque preventivo para centrarse en las acciones de remediación”.
La propuesta busca establecer en las normas oficiales mexicanas relativas al desempeño ambiental, especificaciones que deben cumplir los sitios de disposición final de residuos sólidos urbanos para su aprovechamiento en procesos de generación de energía, así como estipular en las facultades de los distintos órdenes de gobierno el fomento al aprovechamiento y valorización de los residuos para los mismos fines.
Se plantea que las entidades federativas y los municipios, de manera coordinada, fomenten el aprovechamiento de esos residuos y su manejo especial en procesos de valorización, para que con las condiciones específicas que deben cumplir los sitios de disposición, aprovechen los residuos en procesos de generación de energía.
Con estas modificaciones, refiere el documento, se presenta una posibilidad en la disminución del volumen de residuos que serán dispuestos, para darles un valor y aprovechamiento.
Se plantea reformar los artículos 10 fracción III; y adicionar la fracción XXI al artículo 9, para establecer el fomento del aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial en procesos de valorización en coordinación con los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias.
En el artículo 10 —que establece que los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos— se agrega la fracción III para facultarlos a fomentar el aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos, en coordinación con las entidades federativas.
La adición de la fracción XIV al artículo 96, que se refiere a las acciones que deberán llevar a cabo los gobiernos estatales y municipales en esta materia, plantea fomentar el aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial en procesos de valorización de manera coordinada.
Con la reforma al artículo 97, se incluyen las condiciones y especificaciones que deben cumplir los sitios de disposición final y los residuos sólidos urbanos para su aprovechamiento y valorización.
Aprobada en lo general y en lo particular, la minuta se devolvió al Senado de la República para los efectos constitucionales.