Guanajuato, Gto.- La preservación de los recursos naturales a través de la evaluación de los impactos ambientales que una obra o proyecto tiene en el medio ambiente, es uno de los instrumentos que impulsa el Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial (Smaot).
Por ello, con la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), se identifican y corrigen con anticipación los impactos ambientales negativos derivados de acciones humanas para la restauración de los ecosistemas.
Con el objetivo de dar un puntual seguimiento y adecuada orientación a aquellas personas físicas o morales que pretenda desarrollar una obra o actividad pública o privada y que pueda ocasionar un impacto en el medio ambiente, la Smaot desarrolla el ‘Servicio de Atención Personalizada de Impacto Ambiental’ –SEPIA-.
A través de este proceso, se brinda atención personalizada al promovente con la revisión de su solicitud y expediente previo a su ingreso, se realizan observaciones y /o recomendaciones; atendiendo dudas e inquietudes y seguimiento a través de una encuesta de satisfacción para la mejora continua del servicio.
De enero a julio de este año, se tiene el registro de 625 solicitudes, 56 Manifestaciones de Impacto Ambiental y 18 estudios de afectación, pertenecientes a: Desarrollos habitacionales, industria metal-mecánica, turismo alternativo, industria automotriz, industria alimenticia, energías alternativas, infraestructura industrial, manejo integral de residuos, infraestructura hidráulica, y obras públicas estatales y municipales en general.
Se conoce como Impacto Ambiental a la transformación, modificación o alteración de cualquiera de los componentes del medio ambiente (biótico, abiótico y humano) como resultado del desarrollo de un proyecto en sus diversas etapas.
La Evaluación del Impacto Ambiental es el procedimiento técnico-jurídico-administrativo a través del cual se establecen las condiciones a que se sujetarán la realización de obras y actividades públicas o privadas realizadas en la entidad y que pueden causar un desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin evitar, compensar o reducir al mínimo sus efectos negativos.
A través de ésta, se analiza la obra o actividad a desarrollar y se determina si es necesario o no la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental, (MIA) que es el documento mediante el cual se da a conocer -con base en estudios-, los efectos y repercusiones ambientales significativas y potenciales que generarían una obra o actividad, así como la forma de evitarlo atenuarlo o compensarlo en caso de ser negativo.
La EIA se constituye como uno de los instrumentos de la política ambiental del estado de Guanajuato, fundamentado en la Ley General para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y su Reglamento en la materia.
Entre otros se analizan los impactos a factores como el clima: temperatura, precipitaciones; suelo: geología, edafología; tipo de suelo, formaciones rocosas; medio biótico: flora y fauna de la zona; y agua: superficial y subterránea; ríos, acuíferos, lagos y su calidad: olor, aspecto, contaminantes.
Una vez medidos dichos impactos, se establecen acciones y condicionantes para corregirlos, prevenirlos, mitigarlos y compensarlos.
En este sentido, derivado del el “Programa Estratégico de Compensación Ambiental (PECSA)” se desarrolló una metodología por la propia Smaot, a través de la cual se ha asignado una superficie total de 2 mil 476 hectáreas, para intervenirlas mediante acciones de compensación, que equivalen a una recuperación aproximada de 51,077.98m3 de agua por año, lo que representa el consumo mensual promedio de aproximadamente 2,350 viviendas.
La Evaluación de Impacto Ambiental, inicia con una solicitud cuya duración de atención es de 10 días hábiles, una vez notificada la respuesta, en esta se indica las condiciones bajo las cuáles se deberá desarrollar la obra o actividad; o en caso de requerir la presentación de una MIA se cuenta con 60 días hábiles para la presentación de la misma ante la SMAOT y una vez ingresada debidamente, en un plazo de 40 días hábiles se emitirá la resolución correspondiente, que en caso de que el proyecto sea ambientalmente factible, detalla las condiciones y medidas de prevención, mitigación y compensación que deberán cumplirse a fin de proteger el equilibrio ecológico.